Términos de Aceptación
Este reglamento se aplica a las formas de interacción del Programa Natura Campus, con especial atención a los proyectos de Cooperación Científica Natura que se desarrollarán en asociación con Natura Cosméticos S.A., con sede en Cajamar, Estado de São Paulo, ubicada en Rodovia Anhanguera, s/n, km 30.5, inscrita en el CNPJ bajo el n.º 71.673.990/0020-30.
1 DE LAS FORMAS DE INTERACCIÓN
1.1 El Programa Natura Campus estimula la relación entre Natura y las Instituciones de Ciencia, que pueden ser instituciones públicas o privadas, incluyendo universidades, facultades, institutos de investigación, institutos de tecnología, entre otras organizaciones dedicadas a actividades de enseñanza, investigación, extensión y desarrollo tecnológico, con o sin fines de lucro.
1.2 Las formas de participación en el Programa Natura Campus descritas en los puntos 2 y 3 de este reglamento tienen reglas específicas asociadas a cada tipo de interacción, atendiendo a diferentes enfoques y condiciones según las características aplicables a cada tipo de interacción, las cuales serán divulgadas en el momento oportuno.
2 DE LAS PROPUESTAS DE COOPERACIÓN CIENTÍFICA BÁSICA Y/O TECNOLÓGICA
2.1 El Programa Natura Campus adopta el modelo de convocatorias periódicas para la recepción de propuestas de proyectos de investigación, además de la recepción continua de propuestas no vinculadas a una convocatoria específica. El objetivo de este modelo es posibilitar la planificación de las actividades de investigación por parte de Natura y sus socios, y favorecer el análisis comparativo de las propuestas.
2.2 Las convocatorias de propuestas de cooperación serán divulgadas en el Portal Natura Campus www.naturacampus.com.br y a través de acciones complementarias de divulgación que se realizarán en el momento oportuno.
2.3 En caso de que el programa Natura Campus desee dar continuidad a cualquier propuesta de colaboración y/o desarrollo de proyectos, tras las evaluaciones necesarias, se aplicarán las Políticas y Directrices de Asociación de Natura para definir el futuro de dichas posibles asociaciones con Natura.
2.4 Elegibilidad:
2.4.1 Podrán inscribirse en el Programa Natura Campus y presentar propuestas de proyectos los investigadores vinculados regularmente a Instituciones de Ciencia (IC), ya sean públicas o privadas, incluyendo universidades, facultades, institutos de investigación, institutos de tecnología, entre otras organizaciones dedicadas a actividades de enseñanza, investigación, extensión y desarrollo tecnológico, con o sin fines de lucro, que estén interesados en establecer Asociaciones de Innovación.
2.4.2 No son elegibles las propuestas presentadas por colaboradores de Natura &Co, incluso si existe un vínculo formal entre el investigador proponente y una Institución de Ciencia.
2.5 Información solicitada a los proponentes:
Para fines de identificación de los candidatos y evaluación de los proyectos, Natura solicitará la información que considere necesaria referente a la ubicación, vínculo institucional, formación académica, líneas de investigación y actuación profesional del proponente (cuando sea persona física), estructura técnica (equipo, equipos, etc.), así como el detalle de la propuesta o plan de trabajo (título, justificación, objetivos, metodología, presupuesto, cronograma de actividades, producción bibliográfica y técnica relacionada, redes de asociación involucradas).
2.6 Alcance de las propuestas:
Las propuestas a presentar podrán involucrar diferentes tipos de interacción conforme a los puntos 2.6.1, 2.6.2 y 2.6.3. El proponente podrá sugerir el tipo de interacción propuesto, pero Natura no estará obligada a seguirlo. Natura analizará la propuesta y realizará la clasificación correspondiente a partir de la información recibida.
2.6.1 Proyecto de Cooperación en Investigación Científica Básica: tiene como objetivo el avance del conocimiento en un tema de interés mutuo, sin enfoque en aplicación industrial. En este tipo de proyecto no se prevé la generación de resultados susceptibles de protección de propiedad intelectual y uso comercial; es posible la publicación y divulgación científica amplia de los resultados de común acuerdo entre los socios.
2.6.2 Proyecto de Cooperación en Investigación Tecnológica: tiene como objetivo el avance del conocimiento en un tema de interés mutuo, con perspectivas probables de uso de los resultados en procesos industriales o en el desarrollo de nuevos productos. Estos proyectos están diseñados para probar conceptos (viabilidad técnica y beneficios) de nuevos insumos, materiales y/o procesos para el desarrollo de nuevos métodos productivos o productos cosméticos de Natura u otras empresas del Grupo Natura &CO. Los resultados serán evaluados en cuanto a su potencial de patentamiento y, si corresponde, la PI (propiedad industrial) generada será protegida adecuadamente antes de su publicación y divulgación científica.
2.6.3 Licenciamiento o transferencia de tecnología: orientado a la adquisición de tecnologías ya desarrolladas por Instituciones de Ciencia, ya sea mediante conocimientos y tecnologías protegidas por propiedad industrial, patentadas o no.
2.6.4 Durante el proceso de selección, las propuestas de proyecto serán evaluadas internamente por Natura. Si son aprobadas, se sugerirá su clasificación en una de las tres categorías descritas anteriormente para la contratación con la Institución de Ciencia.
2.7. Confidencialidad de los datos
Los datos se presentan a Natura a través del formulario disponible en el Portal Natura Campus (http://www.naturacampus.com.br) y deben ser de carácter NO CONFIDENCIAL, al igual que cualquier consulta realizada a través del formulario habilitado para dudas https://forms.office.com/r/1tbz7tbH5g.
2.8. Presentación de propuestas
2.8.1 Los candidatos interesados deben presentar sus propuestas a través del formulario disponible en la página web del Programa Natura Campus: http://www.naturacampus.com.br.
2.8.2 La inscripción en el Programa Natura Campus implica la plena conformidad y aceptación de todas las cláusulas y condiciones del presente reglamento por parte de cualquier candidato.
2.8.3 No se aceptarán inscripciones incompletas.
2.8.4 Solo se aceptarán inscripciones realizadas por Internet, en la página del Programa Natura Campus, a través del formulario específico de Cooperación Científica, con indicación del área de interés de Natura.
2.8.5 No se aceptarán cambios, alteraciones, inserciones o exclusiones en las inscripciones tras su presentación, salvo en los casos en que Natura solicite formalmente realizar modificaciones, las cuales deberán ser formalizadas por correo electrónico.
2.8.6 Las convocatorias periódicas de propuestas de proyectos serán divulgadas en el Portal Natura Campus acompañadas de su propio reglamento, informando plazos, áreas de investigación, condiciones y disposiciones generales sobre el proceso de evaluación, divulgación de resultados y proceso de contratación de proyectos de cooperación.
3 ÁREAS DE INTERÉS EN INVESTIGACIÓN
Las áreas de interés para proyectos de cooperación científica pueden incluir las ciencias relacionadas a continuación u otras, según lo definido y divulgado en el reglamento específico vinculado a las convocatorias de propuestas de proyectos.
3.1 Bienestar y Ciencia de las Relaciones
3.2 Sostenibilidad
3.3 Innovación Abierta y Colaborativa
3.4 Innovación en Productos Cosméticos
4 FINANCIACIÓN DE LOS PROYECTOS
Los proyectos seleccionados en las convocatorias de propuestas de cooperación científica podrán ser financiados total o parcialmente por Natura. En este último caso, Natura aportará una contrapartida en programas de financiación ofrecidos por diversos organismos brasileños de apoyo y fomento a la ciencia, tecnología e innovación, de acuerdo con el alcance del proyecto. Debido a que estos programas se actualizan constantemente y pueden funcionar mediante convocatorias o flujo continuo, el tipo de financiación se discutirá caso por caso y se formalizará en el contrato de asociación.
5 CONTRATACIÓN
5.1 Los Proyectos de Cooperación Científica iniciarán su ejecución únicamente después de que Natura y las Instituciones de Ciencia involucradas acuerden la forma de contratación y celebren un contrato específico para su consecución.
5.2 Los Proyectos de Cooperación Científica comprenderán, entre otras disposiciones, los siguientes aspectos:
5.2.1 Alcance Detallado del Proyecto (conforme a la aprobación en la Fase III).
5.2.2 Plan de Trabajo Detallado.
5.2.3 Indicación de contactos formales en la ICT y Natura que actuarán en la Coordinación de la ejecución del proyecto durante sus diversas etapas.
5.2.4 Formas de financiación o cofinanciación del proyecto de investigación científica, o adquisición o licenciamiento de tecnología desarrollada, y plan de desembolso de pagos (liberación de recursos vinculada al plan de trabajo).
5.2.5 Propiedad intelectual de los resultados (Natura tendrá cotitularidad de la propiedad intelectual en caso de proyectos financiados o cofinanciados por Natura).
5.2.6 Derechos y deberes de las partes involucradas, incluyendo disposiciones sobre autorizaciones, registros, pago de tasas y otros aspectos formales a ejecutar a lo largo del proyecto (ej.: CGEN, ANVISA, aprobación ante el INPI, mantenimiento de patentes, entre otros).
6 LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD
6.1. Natura no se obliga a contratar, apoyar, financiar, entrar en contacto o interesarse por ninguna propuesta presentada al Programa Natura Campus. Adicionalmente, Natura no se obliga a continuar con ningún contacto o negociación de una propuesta que resulte infructuosa o que deje de ser de su interés.
6.2. Natura no se responsabiliza por inscripciones inconsistentes, incompletas, inválidas, falsas o que, de cualquier otra forma, incumplan este Reglamento. Natura no se responsabiliza por cualquier información incorrecta o imprecisa, ya sea causada por usuarios de la web, o por cualquier equipo o programa asociado, errores técnicos o errores humanos que puedan ocurrir durante el proceso de inscripción, incluyendo errores derivados de la incapacidad del usuario para realizar o completar su inscripción.
6.3. Natura no se responsabiliza por cualquier error, omisión, interrupción, defecto, retraso en la operación o transmisión, fallas o problemas técnicos en cualquier red o línea telefónica, sistemas en línea, servidores, proveedores, equipos, software, cuentas de correo electrónico, reproductores o navegadores, ya sea por problemas técnicos, congestión de tráfico en Internet o en el sitio web, o por cualquiera de los factores mencionados anteriormente, u otros que pudieran ocurrir.
7 DISPOSICIONES GENERALES
7.1. Las propuestas que no cumplan con todas las exigencias de este reglamento serán descalificadas.
7.2. El proyecto debe seguir las políticas y directrices para asociaciones de Natura aplicables al Programa Natura Campus.
7.3. Natura se reserva el derecho de reprobar presentaciones de proyectos que configuren un potencial conflicto de intereses, incluyendo propuestas que presenten superposición con proyectos ya en fase de contratación/ejecución en Natura o en otras asociaciones.